SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Desde el 27 de septiembre de 2004 se encuentra detenida preventivamente por orden del Juez recurrido en el Centro de Orientación Femenina, determinación que fue apelada, y la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Distrito resolvió disponer su libertad pura y simple por haber encontrado violación a su derecho a la defensa.
Debido a la conducta impropia de la parte querellante, el legajo recién pudo ser devuelto al Juzgado de origen a principios de mes (diciembre), y pese a que el Juez conocía extraoficialmente que la Corte ya había dispuesto su libertad, conminó al Fiscal de materia para que formule la acusación, no obstante que su defensa opuso la excepción de prescripción de la acción que aún no la resolvió.