SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2005-R

Fecha: 28-Feb-2005

a)

El Alcalde demandado en el informe cursante de fs. 61 a 62 sostuvo lo siguiente: a) el recurrente debió agotar la vía administrativa de reclamo previamente a interponer el presente recurso, conforme a los arts. 137, 140 y 141 de la Ley de Municipalidades (LM) y los correspondientes al art. 2 parágrafo II de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), cual establece la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en sus SSCC 0420/2001-R, 0004/2002-R, 0080/2003-R, 0923/2004-R y 1163/2004-R; b) existen pruebas contundentes de las infracciones y contravenciones al Reglamento para la elaboración, venta y consumo de bebidas alcohólicas cometidas por el referido bar restaurant, concretamente los arts. 9 incs. a) y b), 10, 15 a 20, 37, 38 y 51; c) la Resolución Ejecutiva 004/2004, de 27 de agosto que ordena la “clausura definitiva del local “D.Mody” y su ejecución por intermedio de la Intendencia y Policía Municipales y Seguridad ciudadana, ha seguido el procedimiento establecido en el Reglamento, citaciones, multas y clausura temporal. Solicitó se declare improcedente el recurso.