Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2005-R
Fecha: 28-Feb-2005
II.3.
II.3. A través del Informe de la Policía Municipal y Seguridad Ciudadana INF/07/04/Tpr de 1 de septiembre de 2004 (fs. 41), el Jefe de la Policía Municipal y Seguridad Ciudadana comunicó al Alcalde que en cumplimiento de la citada Resolución Ejecutiva el 30 de agosto al promediar las 10:30 a.m. procedió a la clausura definitiva del mencionado local, previa notificación y lectura de dicha Resolución.