Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0173/2005-R
Fecha: 28-Feb-2005
rechaza
Por Resolución de 10 de septiembre de 2004, de fs. 37 de obrados, el Juez de Partido de Sentencia de Puerto Acosta del Distrito Judicial de La Paz rechaza el recurso en aplicación del art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), puesto que los recurrentes en el plazo otorgado para que acrediten su personería, únicamente seis de los siete recurrentes lo hicieron y posteriormente dos de ellos en nombre de los co- demandantes sin presentar poder solicitaron la exclusión de la recurrente que no acreditó lo observado.