SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2005-R
Fecha: 28-Feb-2005
1)
El Director Ejecutivo de ENFE, en el escrito de fs. 169 a 172 vta. señala: 1) el 12 de julio de 2004, denunció al ex Director Ejecutivo y otros ex servidores por delitos cometidos en contra de ENFE, que en uno de sus acápites se refiere a la venta de grúas, manifestando el recurrente haberlas adquirido pagando $US200.000.- pero realizada la consulta a Contabilidad, el dinero no ingresó a la empresa, además que el objeto de la venta es distinto al del documento de transferencia; 2) su antecesor y otro, realizaron una operación fraudulenta, excediéndose el primero en sus atribuciones, fungiendo como valuador, cajero, recepcionista y mediador de la venta y el segundo ejerciendo una atribución que ya no tenía; 3) los equipos están avaluados en $US950.099,13.-, por lo que el precio ofertado por CONSER no es real; 4) al reclamó de entrega de la maquinaria respondieron el 4 de agosto, señalando que no se cumplieron solemnidades y procedimientos, determinándose someter el proceso a una auditoria e iniciar acciones legales; 5) CONSER no debió girar el cheque a nombre de una persona particular, sino de la institución; 6) las citas de artículos del Código civil que se hacen en el memorial de demanda denotan la posibilidad que tiene el recurrente de acudir a otras vías.
El Director de ENFE Gastón Alejandro Ergueta, por sí y en representación del Directorio, en el escrito de fs. 175 a 177 indica que fueron designados tres meses después de la suscripción de la minuta de compra-venta, por lo que los pedidos de entrega de la maquinaria no fueron de su conocimiento, entonces no pudieron vulnerar los derechos del actor, quien tampoco agotó la vía civil ni penal prevista por ley, además que el Directorio es una instancia fiscalizadora sin injerencia en temas administrativos.