fundamentación suficiente respecto a las razones por las que el recurrente considera que debió ser admitido,
El recurso de reposición contra los Autos de rechazo de las demandas o recursos, previsto por el art. 33 parágrafo II de la LTC, se efectiviza siempre y cuando haya sido presentado dentro del plazo legal, y tenga fundamentación suficiente respecto a las razones por las que el recurrente considera que debió ser admitido, precisando los errores en que supuestamente incurrió la Comisión de Admisión al emitir el Auto de rechazo.
- Pedro Gareca Perales, Fiscal General de la República
- Fragmento 2
- I. ANTECEDENTES
- fundamentación suficiente respecto a las razones por las que el recurrente considera que debió ser admitido,
- "es la persona "agraviada" la que presentará directamente el recurso al Tribunal Constitucional
- no se encuentra legitimado
- sino limitada o condicionada por el agravio o perjuicio directo
