AUTO CONSTITUCIONAL 156/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 156/2005-CA

Fecha: 13-Abr-2005

Fragmento 4

       Reynaldo Fernández Calvo, Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, mediante Resolución 125/2005 de 15 de marzo, rechaza el incidente   señalando que de acuerdo con el art. 61 de la LTC el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad puede ser presentado en cualquier estado de la tramitación del proceso antes de la ejecutoria de la sentencia y en el caso de autos se encuentra en la fase de ejecución de sentencia ya que incluso se ha procedido al remate de los inmuebles otorgados en garantía; resolución que en cumplimiento del art. 62.1) de la LTC es elevada en consulta a este Tribunal.