Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0333/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
III.1.
Tribunal Constitucional (LTC) , expresa que: "Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa podrá ocurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, con poder notariado o sin él, ante la Corte Superior del Distrito o ante cualquier Juez de Partido, a elección suya, en demanda de que se guarden las formalidades legales…".