Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0404/2005-R
Fecha: 20-Abr-2005
I.2. Resolución que rechaza el recurso
Por Resolución 505/2004 cursante a fs. 46 y vta., la Corte de amparo otorgó el plazo de cuarenta y ocho horas para que la actora subsane las observaciones respecto al cumplimiento del art. 97.IV, V y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) (fs. 44), notificándose a la recurrente el 19 de noviembre de 2004 (fs. 43 vta.).