Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0412/2005-R
Fecha: 25-Abr-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente interpone amparo constitucional contra Edgar Terrazas Melgar y Ramiro Claros Rojas, Vocales de la Sala Civil Segunda y Julio Argentino Salek Mery, Rector de la UAGRM, solicitando se declare procedente el recurso y se deje sin efecto el Auto de Vista de 22 de octubre de 2001, para que se honre la deuda con la venta judicial de los bienes embargados.