SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2005-R

Fecha: 17-May-2005

procedente

La Resolución 01/04 cursante de fs. 18 a 20, pronunciada el 4 de noviembre de 2004 por el Juez Primero de Partido Mixto de Guayaramerin, Beni, declaró procedente el recurso con costas disponiendo que la autoridad recurrida libere en el día el vehículo objeto del recurso, con los siguientes fundamentos: a) el secuestro y retención del motorizado se los realizó sin orden judicial o fiscal alguna; b) el recurrido desde el 15 de octubre de 2004, fecha en que tomó conocimiento del secuestro del motorizado, hasta la presentación del presente recurso, no devolvió el vehículo a su legítimo propietario, sin que el hecho de que exista una orden de secuestro del Fiscal Adjunto de Trinidad, legalice tal retención indebida; c) conforme señala la SC 766/2002-R, de 2 de julio al haber acreditado el recurrente su derecho propietario mediante la presentación de su carnet de propiedad, a tenor de los arts. 121 del Código Nacional de Tránsito (CNT) y 329 de su Reglamento, corresponde acoger sus pretensiones, debiendo las partes acudir a la vía legal correspondiente en caso de existir otras pretensiones sobre el mismo vehículo; d) se ha vulnerado el derecho a la propiedad privada del actor.