SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0539/2005-R
Fecha: 18-May-2005
1)
El particular recurrido informa que: 1) en el Estatuto Y Reglamentos se establecen todas las sanciones y causales por las que se imponen las mismas; 2) la imposición de las sanciones fue determinada en reunión de socios y no es arbitraria; 3) de acuerdo con las actas de reuniones, en la que el recurrente Macedonio Torres Nina funge como Secretario de Actas, también da su conformidad con otras sanciones impuestas a otros miembros del Sindicato; 4) los recurrentes no han presentado ninguna denuncia, queja ni recurso ante el Sindicato; que pueda dejar sin efecto estas infracciones motivadas por el incumplimiento a sus mismos Estatutos y Reglamentos. 5) el vehículo está prestando servicio y los efectos de las sanciones impuestas han cesado; 6) las multas y sanciones han sido libremente consentidas.