SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0583/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0583/2005-R

Fecha: 31-May-2005

II.2.

II.2. En el caso que se examina, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de La Paz, remitido que fue el recurso a su conocimiento, por Auto 544/2004 SSAIII, de 15 de diciembre  y sin trámite alguno, rechazó el recurso con el argumento de que el recurso en cuestión fue formulado sin observar los parágrafos II, IV, V y VI del art. 97 de la LTC, es decir, que no cumple con los requisitos de forma y de fondo o contenido; consiguientemente, si bien los requisitos formales pueden subsanarse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas; empero los requisitos de contenido no ingresan dentro de esa posibilidad según previene el art. 98 última parte de la LTC; por lo que esa disposición no acoge la posibilidad de subsanar los defectos de contenido del recurso.

De la lectura de esta Resolución, es posible que el fundamento esencial de la Resolución de rechazo, se sustente en el hecho de que el recurrente, no cumplió con los requisitos de contenido previstos en el art. 97.IV y VI de la LTC y que a juicio del Tribunal de origen determina la inviabilidad del recurso y su consiguiente rechazo sin sustanciación; por lo que corresponde verificar los extremos señalados en dicha Resolución.