Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2005-CDP
Fecha: 29-Jun-2005
I.3.
I.3. Luego del trámite de ley, se emitió el Auto de 17 de marzo de 2005 (fs. 93 y 94), en el que la Corte de hábeas corpus calificó los daños y perjuicios en Bs2.088,50.- por concepto de costas procesales y honorario de abogado conforme al Arancel del Colegio de Abogados de Cochabamba, sobre la base del fundamento que con ningún elemento de prueba el recurrente ha acreditado la pérdida o disminución patrimonial que haya sufrido como consecuencia del acto ilegal cometido en su contra, por cuanto: