SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0735/2005 - R
Fecha: 01-Jul-2005
improcedente
La Sentencia cursante a fojas 752 a 754 vta. pronunciada el 18 de mayo de 2005, por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Justicia del Distrito del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso, con el siguiente fundamento: a) la Sentencia emitida en el proceso penal seguido contra los representados del recurrente aún no ha sido notificada y puede ser objeto de los recursos previstos por ley; b) las supuestas violaciones a la seguridad jurídica y el derecho a la defensa, no son materia del recurso de hábeas corpus sino del amparo constitucional; c) el Juez recurrido en ningún momento restringió ni suprimió el derecho a la libertad de locomoción o la libertad física de los representados del recurrente tal es así que se encuentra en libertad.