Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2005-R
Fecha: 04-Jul-2005
II.6.
II.6. Mediante providencia de 18 de noviembre de 2004 (fs. 81), el Alcalde recurrido dispuso que las partes se presenten ante la autoridad judicial competente para que establezca el justo precio. De igual manera, a efectos de acordar términos que conlleven a la firma de un convenio de pago, ordenó que el peticionante se haga presente en la Dirección de Asesoría Legal el 24 de noviembre a horas 17. Consta la notificación a Jorge Arispe con este decreto, quien no es ni propietario ni representante legal del propietario (fs. 80).