Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 820/2005-R
Fecha: 22-Jul-2005
a)
a) El requerimiento conclusivo de acusación del Ministerio Público fue presentado dentro de los cinco días hábiles que establece el art. 134 del CPP, teniendo en cuenta que el 21 de abril de 2005 el Fiscal de Distrito recibió la conminatoria, que el 27 del mismo mes y año la Fiscal de Materia presentó dicha acusación y que el domingo 24 de abril no era día hábil de conformidad al art. 130 del CPP.