Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2005-CDP
Fecha: 22-Ago-2005
I.4.
I.4. Mediante Resolución de 5 de julio de 2005 (fs. 372), el Tribunal de amparo calificó los daños y perjuicios en la suma de Bs10.364,8.- para la recurrente Rosario Gamboa Durán y de Bs20.282,4.- para Milka Liliana Camacho Koo, disponiendo su pago en tercero día bajo conminatoria de ley, en base al promedio de sueldos mensuales que percibían cada una de las recurrentes en la institución recurrida. Decisión que notificada a las partes (fs. 373) no fue impugnada.