Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 040/2005-RCA
Fecha: 30-Ago-2005
rechazó
En el caso de análisis se evidencia que el recurrente omitió señalar el domicilio de la tercera interesada a objeto de que se la notifique y se evite con ello su indefensión, requisito de forma que fue observado por el Tribunal de amparo, en cumplimiento de la SC 1351/2003-R y al no haberse subsanado lo extrañado dentro del plazo otorgado por ley, el Tribunal de amparo de manera correcta rechazó el presente recurso.