I.3.
I.3. A través del memorial enviado vía fax el 12 de agosto de 2005 (fs. 772 a 781), el recurrente interpone recurso de reposición contra el AC 376/2005-CA, a través del cual se rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad de nulidad de referencia, argumentando que se hizo mención expresa y directa de las disposiciones sobre cuya constitucionalidad debe pronunciarse el Tribunal Constitucional; por otra parte, señala haberse hecho a que el derecho-garantía del debido proceso se ve impedido de ser reconocido porque la Disposición Transitoria Cuarta de la LPA impide aplicar la norma más favorable al establecer que el nuevo régimen de prescripción y las demás normas del procedimiento sancionador sólo se aplicarán a los hechos futuros; finalmente, indica que la norma legal impugnada tiene relevancia en la decisión del proceso, porque la Superintendencia de Telecomunicaciones no puede declarar por sí sola la inaplicabilidad de la Disposición Transitoria Cuarta de la LPA y aplicar el art. 39 del DS 25950.
