RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31.1) de la LTC concordante con los arts. 82.III y 33.I inc.1) de la misma ley, RECHAZA el recurso interpuesto por Fernando Nina Aguilar, en representación de Cleómedez Veliz Choque, demandando la nulidad de las actuaciones del Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de la localidad de Uyuni del Distrito Judicial de Potosí.
