SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0931/2005-R
Fecha: 15-Ago-2005
improcedente
La Resolución 002/2005, cursante de fs. 49 y 50 vta., pronunciada el 20 de enero por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) se trata de un vehículo en cuyo interior se encontró una sustancia controlada en cantidad alta (210 arrobas de cal hidratada), por lo que se procedió a la detención de quienes lo conducían para ser investigados por delitos contemplados en la Ley 1008, en consecuencia es un bien que como instrumento de la comisión del presunto delito que se investiga, quedó sujeto a decomiso hasta que se concluya la investigación pertinente; 2) una vez realizada la imputación respectiva y establecido claramente que el propietario del vehículo no se halla involucrado en dicha imputación, éste podrá solicitar la devolución de su bien; 3) como sostiene la Sentencia Constitucional (SC) 1677/2003-R, de 24 de noviembre, no se puede pretender la valoración de la prueba mediante el amparo; 4) no se ha cometido acto ilegal ni omisión indebida por parte de las autoridades recurridas.