Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0932/2005-R
Fecha: 15-Ago-2005
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El gobernador de la cárcel pública “MOCOVI” informó por escrito lo que sigue: lo único que hizo es recibir al detenido, aprehendido por efectivos de la Unidad Móvil de Patrullaje Rural (UMOPAR), previo trámite de ley y la exhibición del mandamiento de condena, librado por los jueces de sustancias controladas liquidadores, por consiguiente no ha restringido derecho alguno.