SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0955/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0955/2005-R

Fecha: 17-Ago-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con el fundamento de que no se cumple con el art. 94 de la LTC en razón de que existen otros medios como la reposición bajo alternativa de apelación y la apelación misma señalados por el art. 215 y siguientes del CPC, lo cual está refrendado de manera específica por el art. 96.3 de la LTC.

Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.