Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0956/2005-R
Fecha: 17-Ago-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con el fundamento de que los trámites de los recurrentes para la cancelación de sus haberes por mayo y junio de 2004 aún no han concluido, pese a haber realizado su petición ante una autoridad que carece de competencia.
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, aunque con otro fundamento, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.