Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 463/2005-CA-Bis
Fecha: 27-Sep-2005
recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
Por Resolución de 9 de agosto de agosto de 2005, el Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Potosí, admitió la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesta por Octavio Janco Copa, pero mediante Auto Constitucional (AC) 427/2005-CA, de 7 de septiembre, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional revocó aquella Resolución y rechazó la solicitud para promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad planteada por Octavio Janco Copa con el argumento de que aquella Resolución de admisión carece de una debida fundamentación.