AUTO CONSTITUCIONAL 470/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 470/2005-CA

Fecha: 29-Sep-2005

II.2.2.

II.2.2.En el caso de autos, consta que dentro del proceso laboral seguido por Tatiana Trifonia Núñez Aramayo contra la Fundación “La Feria Nacional de Artesanía y Pequeña Industria”, la demandante y hoy recurrente se apersonó ante el Tribunal de alzada  -Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz-, ofreciendo fianza de resultas y acompañando fotocopias del título de propiedad y del folio real actualizado (fs. 1), y en cumplimiento a la observación realizada, por memorial de 28 de julio de 2005 presentó fotocopia legalizada del título de propiedad y avalúo pericial, pidiendo se acepte el ofrecimiento de fianza de resultas (fs. 9).

         Se evidencia, asimismo,  que Tatiana Trifonia Núñez Aramayo “interpuso” recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el decreto de 13 de agosto de 2005 a través del cual la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dispuso que esté a lo dispuesto por providencia de 29 de julio de 2005 por la que rechazó el ofrecimiento de fianza de resultas (fs. 26 a 27).