rechazó
Por Resolución 358 de 6 de septiembre de 2005, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz rechazó promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, con los siguientes fundamentos: a) dentro del proceso laboral que sigue la recurrente contra la Feria Nacional de Artesanía y Pequeña Industria, que conoció ese Tribunal en grado de apelación, se pronunció el Auto de Vista 129/05 SSA II de 13 de mayo, confirmando la sentencia de primera instancia, habiéndose interpuesto recurso de casación y/o nulidad por parte de la empresa demandada, el mismo que fue concedido por ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que el expediente referido no cursa en esa Sala, lo que imposibilita adjuntar mayor documentación; b) por otra parte, la incidentista no observó la previsión contenida en el art. 59 de la LTC para accionar esta vía incidental, que no procede contra resoluciones judiciales, puesto que sólo puede dirigirse contra leyes, decretos o resoluciones no judiciales; por tanto, el recurso resulta manifiestamente inviable al haberse accionado contra determinaciones judiciales.
