Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1053/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
improcedente
La Resolución cursante de fs. 18 vta. a 20, pronunciada el 21 de julio de 2005 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: 1) la autoridad recurrida no es la que dispuso la detención preventiva de la representada del actor; 2) el trámite para la certificación del arraigo de la representada ha sido inmediato y respetando precisamente la situación de la persona detenida, a más de que ya ha sido acreditada la anotación del arraigo en La Paz, por lo que no existe óbice para que la oficina de Santa Cruz emita el certificado reclamado.