SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
La recurrente en el escrito presentado el 19 de marzo de 2005 (fs. 19 a 20 vta.), manifiesta que a su representado se le imputó formalmente por violación, pero que en audiencia de medidas cautelares se modificó la imputación al delito de abuso deshonesto, sindicándosele de que en varias oportunidades hubiera manoseado a sus hijas siendo la última vez el 14 de noviembre, y pese a que la fundamentación de la imputación era insuficiente, por Auto 152/2004, de 19 de noviembre se dispuso su detención preventiva, ante lo cual solicitó la cesación de la misma, en cuya audiencia, por Resolución 154/04 se declaró procedente y se dispusieron medidas sustitutivas, siendo apelada por su detractora, pronunciándose el Auto de Vista de “22 de diciembre de 2005” revocando la determinación del a quo y disponiendo su detención preventiva, vulnerando así los arts. 6, 7, 221, 222, 233, 234 y 235 del Código de procedimiento penal (CPP), con una argumentación deficiente, puesto que se acreditó domicilio, la inexistencia de antecedentes penales, contando el imputado con familia y trabajo, sin que sea enervado por la apelante, que tampoco demostró tenga facilidades para abandonar el país, permanecer oculto u otro comportamiento que suponga que no quiera someterse al proceso, pues su representado es el primero en querer se aclare la temeraria denuncia, ya que la perjudicada en el proceso es su niña de doce años, quien podría ser estigmatizada de por vida.