SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

III.3.

III.3. En el caso de examen, si bien no existe duda que los recurrentes fueron arrestados en el ámbito de la aplicación de prevención de faltas y contravenciones; sin embargo no existe certidumbre de que las medidas hubieran sido asumidas por los funcionarios recurridos de manera arbitraria por cuanto no existe la certeza de que los recurrentes no hubieran -en el estado que fuera- provocado o agredido a los funcionarios policiales, circunstancias que son imprescindibles para determinar si hubo o no la presunta lesión al derecho a la libertad o de locomoción de los recurridos, por cuanto “si bien el recurso de hábeas corpus no requiere para su presentación de mayores formalidades, en cambio la decisión del Tribunal o del Juez debe sujetarse a la certidumbre sobre si en efecto se ha violado o está amenazado el derecho de locomoción”  (SC 0814/2003-R, de 17 de junio), no sólo en cuanto a la privación de libertad se refiere, sino, y fundamentalmente, si dicha privación ha sido contraria al orden normativo y constitucional.