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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1199/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1199/2005-R

    Fecha: 26-Sep-2005

    I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

    El  recurrente por intermedio de su abogado ratificó el tenor de su demanda, añadiendo que: la detención preventiva debe cumplirse en el lugar en el que se lleva a  cabo el juicio, y no como en el caso de su defendido en el que se encuentra detenido en Palmasola y el juicio se lleva a cabo en San Ignacio de Velasco.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • las condiciones de detención,
    • III.2.
    • REVOCAR

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