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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2006-R

    Fecha: 11-Ene-2006

    III.4.

    III.4. Finalmente, teniendo en cuenta que la actuación de la autoridad demandada es más de omisión que conculcaría el derecho a formular peticiones, no es posible ingresar al análisis de este derecho, por cuanto no ha sido invocado como lesionado por la actora, situación que refrenda la improcedencia del presente recurso.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad demandada y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • APRUEBA

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