SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Luego de llevarse a cabo un proceso eleccionario que ganó el frente F.U.P. del cual forman parte, en detrimento de otro denominado F.U.R.N.I. formado por los recurridos, el 21 de septiembre de 2004 fueron posesionados por la Junta Vecinal de la urbanización “El Recreo” como consejeros de Administración y Vigilancia del Comité de Agua, desempeñando desde entonces dichas funciones; en el ejercicio del mandato conferido, consideraron conveniente la institucionalización del Comité en cooperativa de servicios públicos “El Recreo Ltda.”, convocando al efecto a una Asamblea que fue realizada el 9 de octubre de 2004, en la cual además fueron ratificados por unanimidad como consejeros. Como consecuencia de esos actos mediante Resolución Administrativa (RA) 213, de 16 de diciembre de 2004, se reconoció la personalidad jurídica de la cooperativa y su mandato como consejeros; sin embargo, el 5 de diciembre de 2004, los recurridos avasallaron las oficinas de la cooperativa en forma abusiva y delincuencial, despojándolos de sus funciones como consejeros, sin ningún tipo de proceso como prevé el Estatuto; y desde entonces manejan en forma indiscriminada los escasos recursos y bienes de la cooperativa .