SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela del derecho a la seguridad jurídica consagrado en el art. 7 inc. a) de la CPE, que consideran fue vulnerado por el recurrido, pues pese a existir una orden judicial que reponiendo su derecho propietario sobre una propiedad rural ordenó la nulidad de un registro de transferencia de parte de la misma, la cual fue anotada en el asiento A-2 del registro de su propiedad en Derechos Reales, luego dicho registro A-2 fue suprimido por el recurrido sin que tenga competencia para modificar las resoluciones judiciales, y sin que exista un documento que determine tal cambio en el registro, como se requiere conforme a las normas civiles. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.