AUTO CONSTITUCIONAL 293/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 293/2006-RCA

Fecha: 05-Oct-2006

improcedente

La Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 018/2006, de 30 de marzo, cursante a fs. 50 y vta., declaró improcedente el recurso, con el fundamento de que la recurrente no acreditó que se hubiese concluido el trámite administrativo en el Consejo de Vigilancia, por lo que la solicitud realizada por la recurrente se encontraría pendiente de resolución concurriendo la causal de improcedencia prevista por el art. 96.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).