AUTO CONSTITUCIONAL 336/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 336/2006-RCA

Fecha: 30-Oct-2006

Fragmento 8

En el caso de autos, la Sala Social Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución de 20 de junio de 2006, declaró improcedente el recurso, argumentando que las autoridades recurridas apoyaron su decisión en la SC 0101/2004-R, de 22 de enero y AC 0079/2004-ECA, de 29 de septiembre, que resultan ser vinculantes y de cumplimiento obligatorio; argumento que no resulta ser válido ni adecuado por no corresponder a la etapa de admisibilidad, sino a un criterio de fondo, que debió ser expresado una vez admitido el recurso; vale decir que, al no haber cumplido el Tribunal de amparo con el análisis obligatorio relativo a las causales de improcedencia reglada y cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de forma y contenido previstos en los arts. 96 y 97 de la LTC, corresponde efectuar el mismo.