carece de requisitos de contenido, toda vez que la demanda no tiene un petitorio preciso y carece de fundamento jurídico constitucional que amerite una decisión en el fondo
En consecuencia, el recurso directo de nulidad formulado por el recurrente carece de requisitos de contenido, toda vez que la demanda no tiene un petitorio preciso y carece de fundamento jurídico constitucional que amerite una decisión en el fondo de la problemática planteada, correspondiendo su rechazo por adecuarse a la previsión contenida en los arts. 82.III concordante con el 33.I inc. 1) ambos de la LTC.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- La omisión de estos requisitos que al ser de contenido, son insubsanables, sin mayor trámite determinan el rechazo del recurso
- la falta, cesación o usurpación de competencia, con relación al acto o resolución impugnados de nulos
- no ha cumplido este requisito
- carece de requisitos de contenido, toda vez que la demanda no tiene un petitorio preciso y carece de fundamento jurídico constitucional que amerite una decisión en el fondo
- RECHAZA
