I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por el Banco Mercantil S.A. representado por Oscar Mauricio Soriano Arce, Vicepresidente Corporativo de Occidente, manifestando que conforme al art. 66 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Tribunal Constitucional no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos y otras resoluciones que dicte el Poder Judicial a través de sus jueces y magistrados, por lo que pide se rechace la solicitud por impertinente.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazando
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- II.2.1.
- no corresponde la impugnación de una resolución judicial por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.2.2.
- APRUEBA
