AUTO CONSTITUCIONAL 494/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 494/2006-CA

Fecha: 13-Oct-2006

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por el Banco Mercantil S.A. representado por Oscar Mauricio Soriano Arce, Vicepresidente Corporativo de Occidente, manifestando que conforme al art. 66 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Tribunal Constitucional no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos y otras resoluciones que dicte el Poder Judicial a través de sus jueces y magistrados, por lo que pide se rechace la solicitud por impertinente.