AUTO CONSTITUCIONAL 523/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 523/2006-CA

Fecha: 30-Oct-2006

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Dentro del fenecido proceso ejecutivo instaurado por Juan Carlos Nutkoviez Bardales contra Boris Mauricio Bejarano Varela, la apoderada del demandado,  Olga Rosario Varela de Bejarano, presentó memorial el 27 de septiembre de 2006 (fs. 29 vta.), solicitando a los Vocales de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, promuevan recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 283 inc. 2) del CPC, por vulnerar la garantía al debido proceso, los derechos a la defensa y a la seguridad jurídica.

Refiere que la norma impugnada de inconstitucionalidad deja en indefensión a las partes litigantes, puesto que mientras se está tramitando el recurso de apelación en la vía incidental en el efecto devolutivo, el juez ad quo  prosigue la ejecución de la sentencia o resolución, discriminando el proceso y vulnerando el derecho de seguridad jurídica, entendido por el que el Estado brinda la máxima seguridad y garantía para que las persona puedan ser juzgadas, no permitiendo la torpeza de las autoridades que puedan vulnerar sus derechos.