SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0967/2006-R
Fecha: 02-Oct-2006
a)
La parte recurrente ratificó el recurso por intermedio de su abogado, añadiendo: a) no existe discusión alguna en cuanto a la emisión del mandamiento por autoridad judicial; b) de acuerdo a procedimiento tanto el mandamiento como la orden instruida debieron ingresar por ventanilla para su sorteo al juez de turno, para que proceda conforme a ley; c) no fue de conocimiento del Comandante de la Policía de La Paz; pues en el reverso no existe el procedimiento policial pertinente; d) tanto el Secretario como la Jueza del Juzgado Segundo en materia laboral, refirieron que el mandamiento y la orden instruida debieron ingresar por sorteo para que ellos tengan competencia y conocimiento de la causa, por lo que la Jueza se negó a ejecutarlos; e) fue conducido a las oficinas de la FELCC, pero no obstante haberle referido que lo liberarían, no ocurrió así; f) pese a que su cliente sufre del corazón, lo trasladaron a La Paz a “las nueve de la noche” (sic), donde se encuentra detenido, de ese modo infringieron el procedimiento previsto en el art. 113 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y; g) en un acto de exceso también secuestraron la movilidad en la que se encontraba el recurrente quitándole de las manos la llave de contacto, que no le fue devuelta, tampoco a su esposa ni a su abogado.