SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1078/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1078/2006-R

Fecha: 30-Oct-2006

procedente

Concluida la audiencia, el Juez de hábeas corpus pronunció Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo que la autoridad recurrida en el día resuelva la situación de la recurrente conforme a lo establecido en el  Decreto Supremo (DS) 24423, de 29 de noviembre de 1996. Como fundamento se señala que transcurrieron quince días sin que se haya determinado ninguna medida respecto a la situación de la recurrente, habiendo la Directora de Migración incurrido en ilegal privación de libertad toda vez que no dio cumplimiento al DS 24423 que establece que una persona indocumentada u observada en sus documentos debe ser inmediatamente deportada.

Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Juez de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes y dio cabal aplicación al citado precepto constitucional.