AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2006-ECA

Fecha: 17-Nov-2006

NO HABER LUGAR

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 50 de la LTC, declara NO HABER LUGAR a la solicitud de enmienda presentada por el recurrente; sin embargo, a efectos de que la ilegal privación de libertad de los representados del recurrente cese, se COMPLEMENTA la SC 1038/2006-R, disponiendo la inmediata libertad de los representados, entre tanto se realicen las acciones correspondientes para su deportación, una vez que la Resolución Administrativa RA 001/06, adquiera ejecutoria.