AUTO CONSTITUCIONAL 353/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 353/2006-RCA

Fecha: 09-Nov-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que su mandante y otros agricultores interpusieron recurso de amparo constitucional en contra de Tyrone Heinrich Balcazar y Gonzalo Quiroga Sagarraga, como representantes de las Empresas AGROMAC S.R.L. y MENAGRO, debido a que funcionarios de estas Empresas en forma violenta, sin orden judicial recogieron las maquinarias agrícolas adquiridas a crédito por su mandante y otros, obteniendo la SC 0897/2001-R, de 28 de agosto, que declaró procedente el recurso ordenando que los recurridos devuelvan las maquinarias recogidas, orden que no fue cumplida pese a que la Sala Civil Primera dispuso -en varias oportunidades- el cumplimiento de la Sentencia Constitucional; remitiendo antecedentes al Fiscal de Distrito, para el procesamiento de los recurridos por el delito de desobediencia a ordenes dictadas en amparo constitucional; denuncia que fue rechazada de manera ilegal por el Fiscal de Materia recurrido, con el argumento de que los imputados no fueron parte del amparo constitucional y que no participaron en el ilícito como representantes de las Empresas AGROMAC S.R.L. y MENAGRO, anulando de forma ilegal con un simple requerimiento todo lo resuelto por la SC 0897/2001-R, requerimiento fiscal que fue ratificado por el Fiscal de Distrito (co recurrido) fomentado la ilegalidad. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.