SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1107/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita tutela de sus derechos a la dignidad, al trabajo, a una remuneración justa, a la defensa, a la presunción de inocencia y de la garantía del debido proceso consagrados en los arts. 6.II, 7 incs. d) y j) y 16 de la CPE, los que considera vulnerados por la entidad recurrida donde trabajó como Cajera, puesto que luego de haber sido despedida por supuestas infracciones a normas internas que no fueron demostradas en un debido proceso, sus datos fueron registrados ante la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras con el código 104; posteriormente, modificado a código 107, producto de ello no puede conseguir trabajo; la falta de demostración de que hubieran cometido infracciones, quedó expuesta en el proceso laboral que interpuso, mismo que culminó con Sentencia a su favor, pero la entidad recurrida hace caso omiso de retirar la lesiva codificación. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.