SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1108/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1108/2006-R

Fecha: 01-Nov-2006

c)

c) Adicionalmente, el recurrente tenía abierta la posibilidad de recurrir contra la Resolución de la Jueza recurrida en el plazo de veinticuatro horas conforme establece el art. 39 de la LCVF, recurso que no fue deducido por lo que tampoco puede ser suplida esa omisión por la vía del hábeas corpus que no es recurso sustitutivo de ningún otro.