Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2006-R
Fecha: 14-Nov-2006
II.2.
II.2. Mediante carta de 8 de enero de 2005 y Cite 25/2005, de 1 de febrero (fs. 8 y 10) los recurridos Secretario General, de Hacienda, de Actas, de Transporte, de Régimen Interno, de Prensa y Propaganda, y de Deportes del citado Sindicato comunicaron a los recurrentes una segunda sanción de noventa días de suspensión de derechos sindicales sin goce de carga por haber reincidido en la realización de contratos por cuenta propia.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- III.3.
- denegado
- APROBAR