SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2006-R
Fecha: 14-Dic-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que se ha vulnerado el derecho de su representado a la libre locomoción, por cuanto, éste fue privado de su libertad por funcionarios policiales sin motivo alguno, y pese a existir un requerimiento fiscal que dispuso el cese de su arresto, los recurridos se niegan dar cumplimiento a la orden fiscal, sin ninguna fundamentación escrita u orden de autoridad competente, con el sólo argumento de que es el Director de la FELCC el que tiene que decidir si su representado debe salir o no en libertad, en desconocimiento del art. 297 del CPP, estando privado de libertad pese a haber transcurrido 40 horas. Corresponde, entonces, en revisión verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 CPE.