AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2006-ECA

Fecha: 21-Feb-2006

II.3.

II.3.  Dentro del marco legal referido en los fundamentos precedentes, corresponde señalar que en el presente caso analizados los argumentos de la solicitud de complementación y enmienda solicitada por el recurrente y contrastada con la SC 1294/2005-R, se constata que la autoridad recurrida incurrió en omisiones indebidas y actos ilegales que causaron lesión al recurrente por lo que se le concedió la tutela solicitada declarándose procedente el recurso interpuesto, por lo que en observancia de la norma prevista por el art. 91.VI de la LTC citada precedentemente corresponde conceder la solicitud del recurrente respecto a la complementación de la parte resolutiva de la SC 1294/2005, ya que al haberse concedido la tutela debió condenarse a la autoridad recurrida a la reparación de daños y perjuicios, misma que debe ser calificada por el Tribunal de hábeas corpus.