AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2006-RCA

Fecha: 09-Feb-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente alega la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica y a la igualdad, toda vez que en su condición de Fiscal presentó acusación en contra de Miltón Yasik Slvo Céspedes, el 6 de junio de 2005 y de acuerdo al art. 340 del CPP, fue notificado el imputado para que presente prueba de descargo, dentro de los diez días previstos en la norma precedente; empero el imputado luego de cincuenta días, solicitó plazo para la presentación de pruebas y de manera ilegal el Tribunal de Sentencia aceptó las pruebas de descargo, por lo que presentó incidente de exclusión probatoria, el cual no fue atendido conforme a derecho. Corresponde dilucidar en revisión, si el rechazó de la Corte de amparo, fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas en los arts. 97 y 98 de la LTC.